27 oct 2010

Muchos bancos aún no consideran el atraco como accidente laboral

Un accidente laboral es el que sucede al trabajador durante su jornada laboral o bien en el trayecto al trabajo o desde el trabajo a su casa. En este último caso el accidente recibe el nombre de “in itinere”.

Muchos bancos aún no consideran el atraco como accidente laboral, no sé si esto es bueno o malo.

Alguien puede sacarnos de dudas sobre si hay algún protocolo de actuación interno de las entidades que, corresponda atender debidamente a todos los afectados de los terribles hechos mencionados, por desgracia siempre es tarde para las víctimas.

La muerte de la víctima del atraco del Banco Santander en Cambrils (Tarragona), Estela C., vecina de Sant Carles de la Ràpita, trabajadora de 25 años y natural de Sant Carles de la Ràpita, ha puesto sobre la mesa de nuevo la seguridad en comercios y entidades bancarias.

Los atracadores, no iban encapuchados pero iban disfrazados, huyeron sin el dinero tras matar a la empleada de 25 años.

La frase, de la responsable de Salud Laboral de CCOO en Tarragona, es durísima, e ilustra el malestar de muchas profesiones; "la muerte de la Estela Calduch no es un hecho aislado, hay muchas entidades bancarias para las que un atraco aún no es considerado un accidente laboral".

Una concentración por la muerte de Estela ha servido para que trabajadores de este colectivo denuncien la falta de un protocolo de actuación en caso de atraco y el hecho de que este tipo de asaltos no sean considerados como un riesgo laboral. Por otro lado, desde la entidad a la que pertenecía la sucursal atracada, el Banco Santander, su propietario Emilio Botín, se ha limitado a trasladar a la familia de la víctima sus condolencias sin entrar en esta polémica.

El operador de telecomunicaciones France Télécom reconoció como accidente de trabajo el suicidio de al menos uno de los numerosos empleados fallecidos en los últimos años por suicidio fue provocada por motivos laborales.

Accidente Laboral

Se define como “toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte” (Ley 16.744)
Involucra no solo los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo mismo, sino también aquellos durante el traslado hacia o desde el trabajo.
De todos los distintos tipos de accidentes, se excluyen los producidos por fuerza mayor extraña y sin relación alguna con el trabajo o los producidos intencionalmente por la víctima.

Accidente laboral Indemnización


En caso de sufrir un accidente laboral podemos obtener la siguiente prestación o indemnización:

a) En el supuesto de que queden secuelas irreversibles que imposibiliten o dificulten para cualquier o el habitual trabajo podría el trabajador tener derecho a una incapacidad permanente donde NO SERÍA NECESARIO TENER UN PERIODO DE COTIZACION MINIMO PREVIO.

b) En el supuesto de que se conceda una incapacidad permanente, aún no existiendo responsabilidad por parte de la empresa, hay muchos convenios colectivos que establecen una indemnización para el trabajador normalmente a cargo de una póliza de seguro de responsabilidad civil colectivo, que contrata la empresa como tomador para sus trabajadores.

c) En el supuesto de que exista responsabilidad por parte de la empresa, por falta de medidas de seguridad o formación al trabajador, además de lo anterior, podrían intentarse obtener los siguientes:
C1: Recargo de prestaciones, consiste en que la empresa tendrá que abonar un complemento de todas las prestaciones que haya obtenido el trabajador de la Seguridad social (ya sea incapacidad temporal o permanente). Esto no es asegurable mediante contrato de responsabilidad civil, sino que lo tendrá que abonar la empresa necesariamente.
C2: Indemnización donde se valoren todos los daños y perjuicios causados y que tendrá que pagar la empresa.

Accidente Laboral: EL ACCIDENTE DE TRABAJO: EVOLUCION NORMATIVA Y TRATAMIENTO JURIDICO COMPARADO

5 comentarios:

  1. una putada. una salvajada. ¿ y ahora qué ?. si los cogen en que cambiará nada ? la cria no volverá a la vida y la familia rota para siempre jamás...

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  2. No sé si es un accidente laboral, APU, lo que sí es -como dice Miquel- es una putada.

    Un abrazo.

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  3. Que el Botín no se gaste tanto dinero en Ferrari y mire por sus empleados, a los atracadores que no se preocupen, les caerá una condenita por homicidio imprudente y ¡a la calle en dos días!

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  4. Hola!
    Hay que lamentar la muerte de una persona.
    Y volviendo al tema ¿no es accidente laboral el atraco? pues a mí me parece más que un accidente laboral, por las graves secuelas que derivan de pasar o sufrir una situación tan traumatica y mas si tiene consecuencias tan graves.
    Gracias a todos por venir, un abrazo.

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  5. Sin palabras, bueno sí, como pueden dormir las personas que deberían solucionar lo sin solucion ya para esa chica. Un abrazo y enhorabuena por la eleccion de que.es.

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